• 19 de Abril

Sugeridos:


Una señal de alarma se ha levantado entre las organizaciones sociales en Puerto Varas debido al proyecto Mirador de Puerto Varas II que contempla la construcción de 535 viviendas en el sector de El Mirador, lo que podría afectar gravemente la contaminación del lago Llanquihue por el aumento de descargas de aguas servidas señalan los vecinos.

Al respecto, desde Proyecta Puerto Varas, a través de un comunicado, señalaron, “El proyecto comercial Mirador de Puerto Varas II de la Empresa Inmobiliaria GPR Ltda. consiste en la construcción de 535 viviendas bajo la categoría DFL – 2, en una superficie total de más de 17 hectáreas de suelo agrícola. Este se desarrollaría en nueve etapas, durante nueve años y tendría acceso a través de la Ruta V- 505, que une la localidad de Alerce con la ciudad de Puerto Varas. Actualmente dicho proyecto se encuentra en su etapa final, faltando solo el pronunciamiento por parte de las Seremías e Intendencia”.

“La familia, la casa, la inversión de las personas que buscan adquirir una vivienda económica dependen del Decreto con Fuerza de Ley de 1959 sobre Plan Habitacional DFL-2. Legislatura que en su artículo primero fija normas para la construcción de “viviendas económicas” con una superficie edificada no superior a 140 metros cuadrados por unidad”.

“Sin embargo sobre dicha normativa Marcela Rey Marter (LL.M) en Derecho Ambiental por la Universidad de Sidney explicó “a lo largo de los años el DFL-2 ha perdido su espíritu y es utilizada de forma indebida por inmobiliarias, por cuanto se trata de proyectos cuyo objetivo es incorporar al mercado la oferta de viviendas disfrazadas de sociales. Las que no se supeditan a una necesidad local, ni real propiamente tal, generando contingencias medio ambientales, sanitarias, agrícolas, viales y sociales, entre otras. Además en concreto el proyecto Mirador de Puerto Varas II no se condice con la planificación urbana del nuevo Plan Regulador Comunal de la ciudad, pretendiendo con ello crear un núcleo urbano de forma desmedida al margen de la planificación territorial””.

 

Contingencia sanitaria

“Con fecha 14 de junio del presente año la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS), autoridad que fiscaliza a los concesionarios sanitarios, se pronunció nuevamente de forma negativa sobre la solicitud de saneamiento de la inmobiliaria: “Se reitera lo señalado en Oficio N°108 de fecha 27 de marzo 2018, que indica que  el proyecto habitacional está situado en un área rural, no concesionada, por tanto la recepción de las aguas servidas por parte de ESSAL S.A., se enmarca en los convenios 52 bis del D.F.L. MOP  N°382/88, donde la concesionaria puede establecer, construir, mantener y explotar sistemas de agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas servidas en el ámbito rural, bajo la condición de no afectar o comprometer la calidad y continuidad de los servicios públicos sanitarios que son de su responsabilidad. En consecuencia, como ESSAL S.A. mantendrá su infraestructura sanitaria para el tratamiento de sus aguas servidas de Puerto Varas hasta el año 2021, año comprometido por la sanitaria para ampliar su planta de tratamiento de aguas servidas de la referida ciudad, esta SISS reitera que no es factible la solución de saneamiento que se está planteando en el proyecto””.

“De igual forma la SISS declaró que la planta de tratamiento de la Empresa Sanitaria ESSAL se encuentra en un 98,5 por ciento de su capacidad hidráulica. Considerando un promedio de 4 personas por familia y un total de 535 nuevas viviendas, que pretende anexar la Inmobiliaria GPR al sistema de alcantarillado local, solo con este proyecto  dicha capacidad hidráulica se vería superada en un 3,8 por ciento”. 

“Así pues, el SEA manifestó que el proyecto inmobiliario presenta los efectos, características y circunstancias indicados en el artículo 11 de la ley N.º 19.300. Por lo tanto “Mirador de Puerto Varas II” se debería someter a un Estudio de Impacto Ambiental”.