Tribunal Electoral Regional rechaza requerimiento de remoción contra Alcalde Ramón Bahamonde
En la jornada de ayer, el Tribunal Electoral Regional (TER) emitió sentencia respecto a la acusación presentada por 5 de los seis concejales de la comuna de Puerto Varas (Aburto, Aichele, Becerra, Cortés y Salazar) rechazando los 8 cargos presentados en la denuncia por Notable Abandono de Deberes contra el alcalde Ramón Bahamonde.
El texto de la sentencia señala: “Este Tribunal no advierte que el accionar del alcalde haya infringido inexcusablemente la normativa constitucional ni legal, como tampoco haya causado “grave detrimento al patrimonio a la municipalidad”, ni menos que haya “afectado gravemente la actividad municipal destinada a dar satisfacción a las necesidades de la comunidad local”… supuestos que son los únicos que debe concurrir para entrar a dilucidar si existió notable abandono de deberes”.
El alcalde Bahamonde comentó respecto de este fallo, en nota publicada en www.ptovaras.cl que “creo en la justicia, en Dios y la verdad, ni siquiera estoy contento estoy en paz con mi alma, mi conciencia y toda la gente. Allá los que quisieron destruir sin ningún fundamento buscando protagonismos que no corresponden. Yo quisiera dar un mensaje que los nuevos políticos el día de mañana entiendan que destruyendo a otros no se gana, la conciencia y el espíritu de la gente se gana con trabajo y esfuerzo, entendiendo que de la dificultad sacas tú los mejores valores para enfrentar la sociedad. Hoy son cosas tan profundas que son difíciles transformarlas en palabras, solo decir gracias a todos”.
Por su parte, el Concejal Marcelo Salazar, declaró: “Ante Fallo del Tribunal Electoral favorable a alcalde Bahamonde, por acusación de Notable Abandono de Deberes, que me permití hacer por ley 18.695 y ante la abstención de pronunciamiento por parte de la Contraloría, quiero informar que no estoy arrepentido de mi labor fiscalizadora, la que me llevó a firmar y ser parte de esta acusación . Y señalarle a mis vecinos, que si en un futuro cercano o lejano nuevamente tengo los antecedentes y la convicción que sea un Tribunal de la República que sancione las diferencias de Organismos Reguladores, tengan plena confianza que lo haré las veces que sea necesario, y contra quien considere responsable.
Así también, el concejal Renato Aichele Horn, reafirmó que “el rol fiscalizador que se ejerce con argumentos no puede transarse bajo ningún pretexto. El documento presentado al TER fue adherido por cinco miembros del Concejo Municipal de Puerto Varas, es decir prácticamente la totalidad del Concejo, e incluyó ocho cargos que fueron fundados con antecedentes concretos y muy detallados de las presuntas irregularidades cometidas. Fue la propia Contraloría General de la República la que nos pidió en dos oportunidades presentar las denuncias y los antecedentes que la fundaran ante la instancia jurídica del TER. Respetamos el fallo del Tribunal Electoral Regional y conviene analizar con mucho detalle los argumentos entregados por sus miembros antes de determinar los próximos pasos a seguir. Mantengo el convencimiento de que los cargos imputados contaron con argumentos de peso para que fueran considerados”.
El Concejal Patricio Cortés, señaló: “Ante fallo adverso a nuestra presentación ante el Trubunal Electoral, agradezco a Jueces que analizaron este proceso y que dirimieron en consecuencia. Mi función como Concejal de la comuna me permite realizar estas acciones que simplemente llaman a la transparencia de los procesos, que debemos vivir y ejecutar. Sigo atento a los quehaceres de esta Administración, pues sigo siendo Concejal de la comuna”.
Finalmente, el Concejal Luis Becerra comentó: “Me siento tranquilo de haber cumplido con mi obligación legal de fiscalizar a la administración municipal, que es por lo que la gente me eligió como concejal. Esta acusación al TER se basó en una resolución previa de la Contraloría Regional de Los Lagos, en la que se expresa que este organismo contralor no tendría la atribución para establecer ni hacer efectiva la eventual responsabilidad administrativa que pudiera afectar al alcalde, en algunos de los puntos presentados. Por tanto la determinación de si sus acciones contravienen el principio de probidad administrativa, son de competencia del Tribunal Electoral. Bajo este mandato de Contraloría fue que se tomó el camino de la presentación al TER. No es bueno para la democracia tratar de amedrentar para que no hagan su trabajo a quienes tienen el mandato legal de fiscalizar”.
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