• 18 de Abril

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En la jornada de ayer, y a través de redes sociales, el Municipio de Puerto Varas anunció que a partir del 28 de septiembre próximo, comenzará con la fiscalización de prohibición de ingreso de camiones al centro de la ciudad cumpliendo la ordenanza de tránsito local que fue publicada el 17 de junio recién pasado en el Diario Oficial.

Hasta el momento aún hay transportistas que hacen caso omiso de esta nueva regulación, la cual viene a solucionar un problema frecuente que se da en el flujo vehicular donde el tránsito es obstaculizado por estos grandes camiones que, principalmente, entran al centro de la ciudad con carga para los supermercados ubicados en ese sector.

El Municipio señaló que la responsabilidad de la fiscalización recae sobre Carabineros, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones e Inspectores Municipales.

 

El texto de la ordenanza señala:

  1. Prohíbase la circulación de vehículos de carga simples y/o articulados de peso bruto superior a 7.500 kilos cuyo destino final no sea la ciudad de Puerto Varas por Acceso Norte y Acceso Sur de la ciudad desde la Ruta Panamericana 5 Sur, y la circulación dentro de su radio urbano, cuyo perímetro de restricción queda dado por las siguientes calles: Klenner, Estación, Venegas, Nuestra Señora del Carmen, Arturo Prat, Del Salvador, San Ignacio, García Moreno, Huemul, Colón, Del Rosario, Mirador, Santa Rosa, Del Salvador, Av. Costanera Teobaldo Kuschel, Santa Rosa y Pasaje Luis Welmann. Quedan excluidos de la presente prohibición, aquellos vehículos que, aún estando dentro de la categoría anterior, presten servicios a la comunidad tales como: agua potable; electricidad; telefonía; vehículos de emergencia; de rescate; de extracción de residuos domiciliarios, como de residuos comerciales y residuos industriales; y, buses de pasajeros. También se exceptúan de la prohibición aquellos vehículos de carga destinados a faenas de construcción dentro del perímetro de prohibición, siempre que cuenten previamente con los debidos permisos y/o autorizaciones de las entidades u organismos correspondientes, y den cumplimiento a las demás ordenanzas y normativas aplicables.
  2. Se establecen, como vías alternativas a aquellas que son objeto de la presente prohibición de circulación, las que se indican a continuación: a) Desde Ruta 5: Por Acceso Sur, a través de Avenida Padre José Neudorfer, que luego se transforma en calle San Francisco - calle García Moreno - calle Huemul - calle Colón - Avenida Los Colonos - Ruta 225 CH. b) Desde Ruta 225 CH: La misma ruta anterior en sentido inverso hasta acceso Sur de Puerto Varas. c) Desde Ruta 505: Hacia el oriente por Avenida Los Colonos y Ruta 225 CH. Hacia el poniente (Ruta 5) por Avenida Colón - Calle San Francisco - Avenida Padre José Neudorfer.
  3. Se dispone excepcionalmente que los vehículos de carga que tengan como destino cargar o descargar dentro del perímetro de prohibición de la ciudad de Puerto Varas y aquellos que requieran ingresar o egresar desde su lugar de residencia, lo realicen de la siguiente manera: Acceso Sur desde la Ruta 5: Por Avenida Padre José Neudorfer, llamada posteriormente calle San Francisco, dentro del horario comprendido entre las 22:00 horas y las 07:00 horas del día siguiente. Acceso Norte desde la Ruta 5: Por Avenida Gramado y dentro del mismo horario de excepción aplicado al Acceso Sur desde la Ruta 5, solo para acceder exclusivamente a la zona de comercio agroindustrial, ubicada en Avda. Gramado, hasta calle Lago Llanquihue, debiendo regresar a la Ruta 5 por la misma Avenida Gramado hasta Acceso Norte, generando el movimiento de retorno al interior de cada predio particular al cual accedieron.