• 03 de Mayo

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El pasado viernes 20 de julio, Servimar (Empresa de retiro de basura y barrido de calles) interpuso un Recurso de Protección contra la Municipalidad de Puerto Varas por la licitación de la basura, presentación que fue declarada admisible por la Corte el pasado lunes 23 de julio, es decir, lo acogió a tramitación, y determinó rechazar la orden de no innovar solicitada por Servimar.

En el recurso interpuesto en la Corte de Apelaciones, Servimar señala que el municipio a través del decreto alcaldicio 2783 le otorgó la licitación de la basura, el cual después fue dejado sin efecto, por el Decreto Municipal N2905.

Recordemos que esta licitación fue votada en dos oportunidades: en la primera, sólo requería quorum simple, y fue aprobada. Sin embargo, tuvo que votarse nuevamente ya que el Municipio se percató que como era un contrato que excedía el período alcaldicio, requería quorum calificado, es decir, 4 aprobaciones de 6 y, a pesar que la votación fue la misma que la primera vez, no fue aprobado porque el quorum era calificado.

SEVIMAR señala en su presentación que “… está siendo gravemente perjudicada, exclusivamente por la confrontación política entre miembros del órgano colegiado y el señor alcalde: No es responsabilidad de SERVIMAR que cumplió estrictamente las bases administrativas, siguió todos los pasos señalados en ésta y aprobada que fuera la adjudicación, incluso incurrió en gastos más allá del proceso de licitación, destinados a cumplir los requerimientos contenidos en las bases”.

Servimar pide en el recurso que la Municipalidad cumpla con la adjudicación del contrato de la basura y deje sin efecto los decretos posteriores, ya que con la adjudicación que le dieron en el decreto 2783 Servimar habría adquirido un derecho de propiedad respecto de la adjudicación misma y que incorporan a su patrimonio y, por lo tanto no puede la administración pública, con el ánimo de subsanar vicios legales dejar sin efecto ese acto, porque está afectando intereses de terceros.

Si bien es cierto el recurso fue admitido, la Corte de Apelaciones rechazó la petición de ORDEN DE NO INNOVAR, en la cual Servimar pretendía evitar que el municipio llame a una nueva licitación mientras no se resuelva el recurso de protección presentado y ordenó al Municipio informar dentro del plazo de cinco días.