• 08 de Febrero

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Tribunal de Libre Competencia rechazó demanda de Enjoy contra Dreams por competencia desleal

Por sentencia de 16 de enero de 2025, en causa Rol C N° 382-19, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia rechazó la demanda interpuesta por Enjoy S.A., Casino del Lago S.A. y Casino de Puerto...

  • Por sentencia de 16 de enero de 2025, en causa Rol C N° 382-19, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia rechazó la demanda interpuesta por Enjoy S.A., Casino del Lago S.A. y Casino de Puerto Varas S.A. (las “Demandantes”), contra Sun Dreams S.A., Casino de Juegos Puerto Varas S.A. y Casino de Juegos Pucón S.A. (“la “Demandadas”), matriz y filiales, respectivamente, sin costas.

Enjoy acusó a Dreams en el 2019 de obstruir la construcción y entrada en operación de los casinos de Puerto Varas y Pucón cuyas licencias se adjudicó Enjoy en 2017.

El Tribunal, al igual que en pronunciamientos anteriores, señaló que el abuso de acciones judiciales en sede de libre competencia requiere que se acredite que (a) las acciones fueron objetivamente infundadas; y, (b) que eran parte de un plan anticompetitivo para alcanzar, mantener o incrementar una posición dominante.

El Tribunal estimó que no concurrían dichos elementos, toda vez que las acciones interpuestas no carecían objetivamente de mérito –con excepción de un recurso, pero que formaba parte de una acción que sí lo tenía–, por lo que no se configuraba un ilícito de competencia desleal.

En cuanto a las vías de hecho alegadas, relativas a la difamación de Enjoy ante autoridades públicas realizando afirmaciones falsas o no acreditadas y el amedrentamiento para que éstas se abstuvieran de acceder a solicitudes de Enjoy, el Tribunal estimó que para configurar el ilícito debía establecerse la falsedad de tales afirmaciones y, adicionalmente, que estas hubieran influido en el comportamiento de las autoridades competentes. Estimándose que no concurría dicho requisito, se rechazó la demanda a su respecto.

Asimismo, se desestimaron las excepciones de falta de legitimación pasiva opuesta por Sun Dreams S.A. y sus filiales, así como la excepción de falta de legitimación activa de Enjoy S.A. opuesta por las filiales.