• 23 de Abril

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Señora directora:

Quiero presentar el reclamo público contra los inspectores del Ministerio de Transporte que se encontraban junto a un funcionario de Sernatur el día 22 de marzo a la entrada de los Saltos del Petrohué y que estaban cursando partes por no tener lista de pasajeros a furgones de turismo trabajando para el crucero y, al enfrentarlo y explicarle con buenas palabras que el decreto 80 articulo 15 letra B exime de esa responsabilidad a los vehículos de Turismo bastando solo el contrato entre contratante y este, y después de mostrarles el decreto 80 impreso que siempre porto por esa razón, el funcionario me dijo "explíquele al juez" en forma muy prepotente, lo cual tengo grabado en video, ante lo cual se molestó aun más.  Exijo una aclaración de los hechos por parte de las autoridades pertinentes dado que estos hechos sólo logran empañar el turismo en la zona y la imagen ante los pasajeros de los vehículos afectados que cumplen con toda la normativa legal.  Adjunto copia decreto 80 articulo 15 letra B.  que puede ser extractado para efectos de publicación.

 

Decreto N 80

Art 1e5, letra b: “ …No se exigirá nomina de pasajeros a los vehículos que presten servicios de transporte privado remunerado de personas, contratados por operadores turísticos, los que deberán portar en los vehículos un documento que acredite la relación entre el prestador del servicio y el operador turístico”.

Cordialmente

 

JAIME LIEBRECHT

RUT 7900837-0

EMPRESARIO TURISTICO

PATAGONIASHOREX LTDA.