• 19 de Abril

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Desde el pasado 18 de octubre del 2019, el escenario político y social de Chile, comienza una serie de cambios centrados en re pensar la Institucionalidad vigente. En miras a ello, aparece como urgente cambiar la Constitución Política de la República. Para muchos en un comienzo aquello no resolvía en nada la demanda social. De ahí que creo imperante poder informar sobre la necesariedad de un cambio total y no seguir tan sólo con modificaciones que la mayoría de las veces se perfilan como ¨parches¨ y no como un cambio sustancial.

Probablemente uno de los nudos más críticos en la materia, es cambiar el modelo económico que rige en nuestro país, esto es, un sistema Neoliberal de Mercado, el cual, sin entrar en lo extenso que puede significar, tiene que ver con la economía, el gobierno de los problemas sociales, la producción de conocimiento social, la vida cotidiana y la acción colectiva. Aquello reviste vital importancia entorno al rol del Estado en consideración a este sistema que desde su instauración y el correr de los años, ha significado una verdadera alienación de las personas. Particularmente con materias que por su propia naturaleza requieren necesariamente de una participación mucho más activa de parte del Estado, y que las políticas públicas en aquellas materias contengan en sí mismas este rol activo.

No hay que ir muy lejos para darse cuenta que, por ejemplo, en materia de educación lo que se garantiza a las personas es una libertad de enseñanza, la que incluye en sí misma una actividad económica, puesto que permite que particulares puedan abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales. De otra parte, en materia de salud, lo que se garantiza es el acceso a la salud, permitiendo en este mismo sentido que aquella sea de carácter privado y público. Misma situación se replica en materia de trabajo, pues lo que se garantiza es la libertad de trabajo mas no el derecho al trabajo. A su turno, en materia de pensiones, lo que asegura la Constitución es el acceso a prestaciones básicas uniformes, sea que se otorgue por instituciones públicas o privadas, pero no aparece como un derecho a recibir una pensión digna, pues esta garantía no se refiere únicamente a las pensiones, sino que a una garantía un tanto más amplia que es la seguridad social.

Sin que la enumeración sea taxativa, sino que meramente ejemplar, se puede establecer un mínimo común denominador entre estas garantías, que más que derechos lo que se aseguran son libertades, y asimismo en todas ellas es posible evidenciar que en aquellas no existe un rol preponderante del Estado, sino más bien un rol subsidiario, subsidiario puesto que la participación del Estado desde el año ochenta en adelante ha quedado marginado al siguiente campo, el Estado sólo puede intervenir cuando el privado no quiera realizar alguna acción o no pueda, por lo que aquello se traduce en que las materias más sensibles e importantes, se han entregado a los particulares para que sean éstos quienes las desarrollen y exploten, y sólo subsidiariamente el Estado tomará un rol en dichas materias cuando los privados o particulares no lo hagan o no deseen hacerlo.

De ahí que a partir de lo que explotó en octubre de 2019 y se evidencia a todas luces a raíz de la pandemia por covid-19, necesariamente nos lleva a pensar en cómo se replanteará el rol del Estado, pues lo que la historia nos ha demostrado es que el sistema en sí ya no da más y, mantener la subsidiariedad de estas materias más sociales, básicas y sensibles, el Estado no puede seguir estando al margen, debiendo urgentemente optar por un rol solidiario, conforme a un Estado de Bienestar.

 

Paula Bernal Fajardo, Abogada.

Plataforma Que Chile Decida – Puerto Varas